Tribunal reconoce relación laboral y condena a empresa por mantener a guía turístico como falso autónomo
Nuestro cliente, guía turístico con dos años de antigüedad en la empresa, venía prestando sus servicios bajo la figura de trabajador autónomo, viéndose obligado a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Desde el inicio de la relación, concurrían claras notas de laboralidad, ya que desarrollaba su actividad de forma continuada, bajo la dirección y organización de la empresa, sin disponer de estructura empresarial propia ni asumir riesgo alguno en la actividad.
Durante la vigencia de la relación, nuestro cliente solicitó en diversas ocasiones la regularización de su situación laboral, reclamando su alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena. Sin embargo, la empresa se negó de forma reiterada a reconocer la verdadera naturaleza del vínculo, manteniéndolo indebidamente como autónomo.
Ante esta situación, interpusimos la correspondiente demanda ante la jurisdicción social. Tras la celebración del acto de juicio, el Juzgado de lo Social correspondiente estimó íntegramente la demanda, declarando que la relación que unía a las partes era estrictamente laboral. La sentencia consideró acreditado que la prestación de servicios se realizaba para la empresa demandada, integrada plenamente en su organización productiva, sin que el trabajador contara con medios materiales propios ni con autonomía real para desarrollar la actividad.
Como consecuencia del reconocimiento de la relación laboral, el juzgado condenó a la empresa al abono de las diferencias salariales dejadas de percibir, calculadas conforme al Convenio Colectivo de aplicación, así como al pago de una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Dicha indemnización incluyó las cantidades que el trabajador tuvo que asumir indebidamente en concepto de cuotas de autónomo y del IVA devengado, gastos que nunca debieron recaer sobre él.
Este pronunciamiento judicial no solo permitió la reparación económica del perjuicio sufrido por nuestro cliente, sino que supuso el reconocimiento pleno de sus derechos laborales, poniendo fin a una situación de fraude en la contratación y reafirmando la protección del trabajador frente a figuras de falso autónomo.